¿Qué es una factura con IGIC?
El IGIC es el Impuesto General Indirecto Canario es un tributo estatal de naturaleza indirecta que graba, en la forma y condiciones previstas en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales de REF de Canarias, las entregas de bienes y prestaciones de servicios efecturadas por empresarios y profesionales, asi como las importaciónes de bienes. El ambito espacial de aplicación del impuesto son Las Islas Canarias.
Para realizar una factura desde la península a Canarias en CE Aplicaciones debemos seguir los siguientes pasos:
A1) Para operaciones de ventas de mercancias :
1. Trataremos esta venta como una venta al extranjero teniendo en cuenta que podemos crear en Auxiliares / Impuestos/ Modos de IVA, un Modo de IVA Canario con un Tipo de Trans. Extranjero, para poder diferenciar entre las ventas al extranjero y a clientes canarios. Al crear el cliente le indicaremos en Modo de IVA el que acabamos de crear.
2. Al generar la factura no contendrá IVA, y en el registro de IVA aparecera el tipo de IVA del producto pero con importe cero, y en el listado de IVA aparecera un Modo IVA Carnario, Tipo IVA Extranjero.
3. En el model 303 del IVA, nos aparecera en la casilla 43, como "Exportaciones y operaciones asimiladas".
A2) Para operaciones de ventas de servicios:
1. En Facturas de Ventas de servicios, venderemos sin IVA (cun tipo de IVA EXENTO), y deberemos tratarlo como una operación no sujeta. Podemos usar un Modo de IVA canario como explicamos en el punto anterior..
2. Cuando son servicios, crearemos y usaremos un tipo de IVA Exento, con el título NO SUJETO.
3. Debe de modificarse el formato de las facturas para que salga un texto indicando que es exenta o no sujeta, y a ser posible que referencie la ley de IVA que lo justifica.
4. En el libro registro de IVA aparece como operación no sujeta y no como exportaciones. En el MOD303 aparecerá en la casilla 44.
Para introducir una factura de compra desde Canarias a la península en CE Aplicaciones debemos seguir los siguientes pasos:
B1) Para operaciones de compra de mercancia :
1. En facturas de compras de mercancia, es decir, que pasa por aduanas, a todos los efectos se debe considerar como una importación, haciendolo constar en los diferentes modelos de hacienda, no nos deben facturar con IVA y no nos deben facturar con IGIC. En caso de que nos facturasen IGIC lo deberemos tratar como un mayor importe de la mercancia.
2. La factura de compra no generará registro de IVA, ya que las importaciones no generán registro de IVA hasta que no se recibe la factura del transitario con el IVA aduanero.
B2) Para operaciones de compra de servicios :
1. Si compramos un servicio a Canarias, sin IVA, y debemos tratarlo como una operación no sujeta, lo normal es que lleve IGIC, en este caso se considera en el la factura como un mayor importe y se gestiona si es posible su devolución con Hacienda.
3. En el MOD303 no aparece en ningún sitio, en el libro registro del IVA si aparece como operación no sujeta.
Ejemplo de como realizar una factura a Canarias desde la península en CE Aplicaciones
A1) Para operaciones de ventas de mercancias:
Cuando creamos al cliente canario el Modo de IVA del cliente sera extranjero, es recomendable si quisieramos distinguir las exportaciones de las ventas a Canarias, crear un modo de IVA extranjero distinto, por ejemplo "Canario", esto lo haremos en Auxiliares/Impuestos/Modos de IVA, crearemos uno nuevo modo de IVA "Canario" con Tipo de Trans. Extranjera y posteriormente se lo asignaremos al cliente.
En la factura de Ventas observaremos que no contienen IVA.
El registro de IVA que genera esta factura será :
En el listado de IVA veremos que hay un Modo de IVA Canario con un Tipo de IVA Normal que no tiene IVA, ese sera el reflejo de las facturas de venta de este tipo.
En el modelo de IVA veremos que el IVA extranjero aparece en la casilla 43 en "Exportaciones y operaciones asimiladas".
A2) Para operaciones de ventas de servicios:
Como ya hemos explicado anteriormente tendremos un Modo de IVA Canario que tendrá el Tipo de Trans. Extranjero
Creaermos un Tipo de IVA que será Exento pero que llamaremos NO SUJETO.
En la factura de Ventas marcaremos las casillas de No Sujeto y Servicios. En la línea del artículo lo especificaremos com T.IVA Exento. En el formato de la factura debera aparecer un texto idicando que es no sujeta y la ley del IVA a la que se hace referencia.
El tipo de IVA es NO SUJETO, EL QUE HEMOS HECHO ANTES, El registro de IVA que genera es igual al de una factura de extranjero, sin IVA pero con el Modo Canario.
VEREMOS MODO CANARIO TIPO NO SUJETO. En el listado de IVA podremos distinguir el Modo de IVA Extranjero del Canario, siempre que hayamos creado un Modo Canario
En el Modelo 303 apareceran los importes en la casilla 44.
B1) Para operaciones de compras de mercancias:
En Compras/Facturas, introduciremos la factura como si fuera una importación
Como lo vamos a tratar como una importación no tendremos registro de IVA. No aparece ni en los listados ni en el modelo 303.
B2) Para operaciones de compras de servicios:
En Compras/Facturas de Acreedores, le indicaremos en la cabecera que es una factura no sujeta, y le pondremos al artículo "Exento" y el T.IVA "no sujeto" ,
Si nos fijamos en el ejemplo veremos que la factura no lleva IVA en la suma de las bases, pero si genera un registro de IVA Modo Canario, Tipo IVA no sujeto.
En el listado de IVA aparecera como hemo explicado anteriormente. Y no se relfeja en el modelo 303.
Ejemplo de como realizar una factura desde Canarias en CE Aplicaciones
Si eres canario o tienes oficina que opera en Canarias, en vez de presentar el Libro Registro de IVA, presentarás el Libro registro del IGIC (para empresas que operen tanto en Canarias como desde la peninsula, entregarán ambos libros de forma separada).
La forma en que el sistema decide si estamos facturando desde Canarias o desde la peninsula, es realizando los documentos desde series marcadas con el check de IGIC. Para ello deberemos marcar o generar una serie que marcaremos como IGIC en la pantalla de Series de la empresa.